Ingresos Brutos (IIBB) es el impuesto provincial que más varía según dónde y cómo factura cada contribuyente. Hasta ahora nuestro simulador asumía un único escenario de cálculo; con esta actualización, contempla las 5 situaciones más comunes con las que se encuentra un monotributista o un estudio contable al calcular su alícuota.
La cuota de IIBB se paga integrada dentro del pago único del Monotributo, sin liquidación provincial por separado. Es el caso más simple y el que aplica a la mayoría de los monotributistas de una sola jurisdicción.
La jurisdicción local tiene un régimen simplificado propio, con una cuota fija o escalonada por categoría, independiente del Monotributo nacional.
El contribuyente liquida IIBB por el régimen general de su provincia, aplicando la alícuota vigente sobre sus ingresos brutos reales del período, con declaración jurada propia.
Aplica cuando la actividad se desarrolla en más de una jurisdicción: los ingresos se distribuyen entre provincias según coeficientes, y cada una cobra su propia alícuota sobre la porción que le corresponde.
El contribuyente todavía no está inscripto en IIBB en su jurisdicción. El simulador lo señala como un punto a revisar antes de recategorizar o de escalar la facturación.
| Escenario | Jurisdicciones | Qué implica |
|---|---|---|
| Unificado | Una | Va dentro de la cuota del Monotributo |
| Simplificado local | Una | Cuota provincial propia, por categoría |
| General local | Una | Alícuota sobre ingresos reales, DDJJ propia |
| Convenio Multilateral | Varias | Ingresos distribuidos por coeficientes |
| No inscripto | — | Punto a revisar antes de escalar facturación |
Cada jurisdicción fija su propia alícuota y sus propios vencimientos. Esta nota es información general: para tu caso puntual, siempre conviene confirmarlo con tu contador o la web de tu provincia.
MasMonotributo identifica el escenario de cada cliente y lo suma al resto de las alertas de tu estudio.
Registrarme gratis →Esta nota es información de referencia y no constituye asesoramiento fiscal. Para decisiones de IIBB o cambio de régimen, consultá con tu contador.